El régimen jurídico de los arrendamientos urbanos se encuentra regulado por el texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, aprobado por el Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre.

El Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, pretende revertir la situación generada por la reforma del 2013. En esta nueva ley, el legislador ha escogido primar la protección frente a la dinamización. Ha aumentado de tres a cinco años (siete en caso de arrendador persona jurídica) la duración mínima obligatoria de los arrendamientos, y la imposibilidad de aumentar los precios (solo IPC) durante toda la duración del alquiler. Se ha eliminado la prorroga anual y ha sido sustituida por una prórroga de tres años también. También se ha aumentado el plazo de preaviso para la rescisión de uno a cuatro meses.