El cobro de una herencia no siempre es sencillo. Por ello, lo mejor es dejarse asesorar por profesionales, que en este caso deben ser abogados que traten esta materia. Te informamos a grandes rasgos de los pasos fundamentales para recibir una herencia.
1. Documentación inicial
Lo primero que deberemos hacer es recopilar una serie de documentos oficiales, que nos serán solicitados de manera recurrente a lo largo de varios pasos burocráticos, hasta el cobro final de la herencia. Estos documentos son los siguientes:
- El Certificado de Defunción
- Certificado de Actos de Última Voluntad
- Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento
2. Determinar quiénes son los herederos
A partir del testamento, si lo hay, o en caso de no haberlo, de las leyes aplicables se determinarán quiénes son los herederos y realizar una declaración de herederos.
La declaración de herederos se realiza en la notaría, pero si se realiza por personas que no tienen relación de parentesco con el fallecido, se debe realizar en el Juzgado.
3. Hacer la valoración de la herencia
Esto significa cuantificar los bienes y derechos que forman el conjunto de la herencia. Hay que tener en cuenta, las posibles deudas que pudiese tener el fallecido. A estas, habrá que sumar los gastos de la gestión de la herencia.
Para determinar el valor real de los diferentes bienes se utiliza la valoración del precio medio de mercado, un valor que viene fijado por cada comunidad autónoma.
4. Impuestos
Los impuestos que tenemos que pagar son el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.
5. Recibir los bienes y cambio de nombre
- Bienes inmuebles: Aunque no es obligatorio, lo mejor es que pongamos los inmuebles recibidos a nuestro nombre en el Registro de la Propiedad. También deberíamos comprobar que se haya cambiado la titularidad del inmueble en el Catastro.
- Saldos bancarios: deberás acreditar la repartición de la herencia mediante copia compulsada del testamento y justificar el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Vehículos: deberás presentar también el testamento en la Jefatura provincial de la Dirección General de Tráfico, para que lo pongan a tu nombre.